Dos eventos uno de origen natural y otro antropogénico ocurridos la
semana pasada, pusieron en el aparador nacional el Sistema Estatal de
Protección Civil de nuestra entidad, de los cuales no ha salido bien librado.
Tromba en Guaymas-Empalme.
Desafortunado lo sucedido el pasado 20 de julio en los municipios de
Guaymas y Empalme frente a la tormenta de arena ocurrida y que sorprendió tanto
a las autoridades como a los habitantes de dichos municipios. Más desafortunada
la declaración de las autoridades estatales al decir que ocurrió “un fenómeno climatológico que no se puede
predecir hasta que ya lo tenemos encima” sería tanto como resignarnos a
aceptar que éstos fenómenos de origen natural son un “castigo divino” y, en
efecto, no se escatiman recursos para la reacción pero tampoco se invierte lo
pertinente para la prevención.
Cabe aclarar que eso sucede cuando históricamente no se ha trabajado
con una gestión preventiva del riesgo y se privilegia como siempre ha ocurrido la gestión reactiva, ya que los fenómenos hidrometeorológicos son los que
más fácil se les puede dar seguimiento, pero eso no sirve de nada si no se
tiene implementado un Sistema de Alerta Temprana Múltiple (SAT).
A manera de breve explicación recordar que un SAT tiene cuatro
componentes: primero conocer el riesgo, quizás la autoridad lo conoce pero no
se puede dar por sentado que la población también si no se ha trabajado
previamente en ello; segundo un sistema de monitoreo y alerta, en el caso
particular se tuvo lo primero mediante reportes satelitales, pero por el
seguimiento en redes sociales se obvió la alerta que siempre corresponderá a
la autoridad. Tercero un sistema de comunicación redundante y claro, es decir,
que todas las personas expuestas reciban el mensaje pero sobre todo que lo
entiendan, en otras palabras “recorrer la última milla” y; cuarto, tener planes
de respuesta sencillos e integrales entre autoridad y comunidad para atender
las consecuencias del evento.
Ojalá que la lección aprendida haya sido que carecer de un SAT cobra
facturas y a veces vidas, imaginemos el mismo escenario sucediendo durante fechas
y horario escolar… ¿Saldo blanco? Por mera suerte…
Tragedia en San Luis Río
Colorado.
Lamentable, muy lamentable lo sucedido en el antro de San Luis Río
Colorado la madrugada del sábado 22 que, independientemente de las motivaciones
que según se aprecia en redes sociales, dolosamente provocaron el incendio y
cobraron la vida de once personas otras tantas lesionadas, se configuraron lo
que en materia de gestión de riesgos se denominan los impulsores o
multiplicadores del riesgo, entre estos la vulnerabilidad institucional y una débil gobernanza en la gestión del riesgo,
generados, según lo declararon las propias autoridades locales, por una serie
de omisiones en la inspección de establecimientos, particularmente en el
cumplimiento de la normatividad aplicable para su operación y funcionamiento.
Como respuesta a la tragedia en la Guardería ABC el Ejecutivo Estatal
envió al Congreso del Estado una iniciativa denominada Ley Decreto 194 misma
que fue aprobada y publicada en agosto del 2009 y en la cual se hacían reformas
y adiciones a cinco leyes estatales, entre ellas la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y los
Municipios en Sonora, en la cual se sancionaba con destitución o inhabilitación
a los funcionarios públicos que teniendo en sus atribuciones realizar visitas o
inspecciones para el cumplimento de la normatividad se abstuvieran u omitieran
de realizarlas o habiéndolas realizado no exigieran el cumplimiento de lo
observado. Esta ley fue derogada en abril de 2022 para dar paso a la Ley de
Responsabilidades y Sanciones para el Estado de Sonora, eliminando lo
anteriormente anotado para configurar como falta administrativa no grave para funcionarios que incurran en actos que incumplan o trasgredan las normas, dejando a otras
instancias y autoridades analizar los supuestos y en su caso, aplicar otras
sanciones consideradas en otras normativas.
Los artículos 8 y 24 de la actual Ley 282 de
Protección Civil para el Estado de Sonora nos hablan de las atribuciones y
competencias de los Ayuntamientos y del Estado en materia de inspección y
vigilancia y cumplimiento de las medidas correctivas y de seguridad que
garanticen un enfoque preventivo para salvaguardar la vida y el patrimonio de
las personas, sin embargo, aún cuando los artículos referidos tienen un listado
de establecimientos en cuanto a su uso y destino, la instrumentación práctica
de estos ha sido ambigua y sujeta al criterio y discrecionalidad de la autoridad
competente.
Benjamín Franklin dijo “Las leyes demasiado benignas rara vez son obedecidas, las demasiado
severas rara vez ejecutadas” y esto lo menciono porque es un saco a la
medida; como siempre, después de las tragedias se señalan a los funcionarios de
las dependencias que omitieron sus inspecciones sin embargo, ¿ya nos
preguntamos qué pasa con los Diputados y Diputadas?
Sin excluir al resto del Legislativo, actualmente tenemos a cinco integrando la
Comisión de Protección Civil del Congreso del Estado, y aparte de señalar
culpables, ¿ya reflexionaron sobre la parte legislativa que les corresponde
hacer para que esto no se repita? También Ediles exigiendo pero la misma
pregunta ¿ya se cuestionó a si misma sobre su Reglamento Municipal de
Protección Civil? ¿Ya se cuestionaron sobre la factibilidad de instrumentar la
actual ley? ¿Sobre la armonización de sus reglamentos municipales?
Ahora bien, como se asegura el Legislativo
que las leyes promulgadas se convertirán en parte de una política pública si no
se contempla el componente presupuestal. Podrán decir funcionarios y particulares
que ante la falta de recursos humanos y materiales es imposible cubrir la
totalidad de los sujetos obligados y que entonces nadie está obligado a lo
imposible, sin embargo la doctrina dice que, “Este principio jurídico no se actualiza si el acto era previsible y se
contaba con tiempo suficiente para que el obligado cumpliera con el
requerimiento que se le formuló”.
De manera general en México, estamos frente a una protección civil que
privilegia el enfoque recaudatorio sobre el de prevención, se percibe como la
caja chica, la del flujo. En materia de protección civil todos somos
corresponsables, unas veces por omisión, otras por negligencia, a veces por
ignorancia; pero también por falta de civismo de una sociedad a veces apática a
denunciar el riesgo por el mal supuesto de que “eso le pasa a otros, a mi no”.
¿Tenemos que esperar otro evento catastrófico, uno más, para activarnos
y hacer lo que nos corresponde?
Absolutamente de acuerdo, Maestro. La GRD debe privilegiarse en los estados, pero siempre se requiere voluntad política, no electorera. Cuando tengamos estadistas en lugar de políticos, podremos dar cuenta del impacto de la GRD en el Desarrollo.
ResponderEliminarExcelente información. Ahora lo importante es que las autoridades se pongan pilas y busquen algunas medidas para contrarrestar los daños y sobre todo evitar perdidas, en caso de que vuelva a suceder esto.
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