“NOM-035-S.T.P.S., Factores de riesgo psicosocial-Identificación y prevención”. - Radio Epicentro Blog

25 septiembre, 2018

“NOM-035-S.T.P.S., Factores de riesgo psicosocial-Identificación y prevención”.





Septiembre 2018.

La Organización Internacional del Trabajo – OIT - en 2013 señaló que, los riesgos psicosociales se encuentran en los nuevos tipos de enfermedades profesionales y que de estos aún no se aplican medidas de prevención, protección y control, o al menos no los adecuadas; en el marco del Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo de 2016, señalo que la atención de los factores de riesgo psicosocial es un problema global que afecta a todos los países, todas las profesiones y todos los trabajadores.      
PROY-NOM-035-STPS-2016.

En México desde hace más de 16 años ya existía legislación en materia de riesgos psicosociales; en el anterior Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo, refiere, en el art. 13. Los patrones están obligados a adoptar, de acuerdo a la naturaleza de las actividades laborales y procesos industriales que se realicen en los centros de trabajo, las medidas de seguridad e higiene pertinentes de conformidad con lo dispuesto en este Reglamento y en las Normas aplicables, a fin de prevenir, por una parte, accidentes en el uso de maquinaria, equipo, instrumentos y materiales, y por la otra, enfermedades por la exposición a los agentes químicos, físicos, biológicos, ergonómicos y psicosociales, así como para contar con las instalaciones adecuadas para el desarrollo del trabajo. ….
El art. 14. Será responsabilidad del patrón que se practiquen los exámenes médicos de ingreso, periódicos y especiales a los trabajadores expuestos a los agentes físicos, químicos, biológicos y psicosociales.

Cabe mencionar que no se emitió ninguna Norma Oficial Mexicana para los riesgos Psicosociales.

En el vigente REGLAMENTO Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo (DOF 13 noviembre 2014). En el artículo 43. Dice que, con Respecto de los Factores de Riesgo Psicosocial, los patrones deberán:
I.     Identificar y analizar los puestos de trabajo con Riesgo psicosocial por la naturaleza de sus funciones o el tipo de jornada laboral;
II.    Identificar a los trabajadores que fueron sujetos a acontecimientos traumáticos severos o a actos de Violencia Laboral, y valorarlos clínicamente;
III.    Adoptar las medidas preventivas pertinentes para mitigar los Factores de Riesgo Psicosocial;
IV.   Practicar exámenes o evaluaciones clínicas al Personal Ocupacionalmente Expuesto a Factores de Riesgo Psicosocial, según se requiera;
V.    Informar a los trabajadores sobre las posibles alteraciones a la salud por la exposición a los Factores de Riesgo Psicosocial.

El reglamento define Factores de Riesgo Psicosocial como aquéllos que pueden provocar trastornos de ansiedad, no orgánicos del ciclo sueño-vigilia y de estrés grave y de adaptación, derivado de la naturaleza de las funciones del puesto de trabajo, el tipo de jornada laboral y la exposición a acontecimientos traumáticos severos o a actos de Violencia Laboral, por el trabajo desarrollado.

En esta ocasión, se integró un comité técnico para desarrollar la NOM correspondiente; es así como el 26 de octubre de 2016 se publicó en el D.O.F. PROY-NOM-035-STPS-2016, Factores de riesgo psicosocial-Identificación y prevención, elaborada por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

En la tercera semana de septiembre de 2018, en el marco de la semana estatal de seguridad y salud en el trabajo en el estado de Quintana Roo, el Dr. Francisco M. Tornero Applebaum Director de política de prevención de riesgos laborales y el Maestro Joaquín Apolonio Ávila Subdirector de Normas en seguridad y salud en el trabajo de la STPS, impartieron dos talleres para la implementación de la NOM-035-STPS-2018, la cual seguramente será publicada en octubre de 2018, en este taller se explicó lo siguiente.

La norma tiene un enfoque preventivo y para la identificación de los factores de riesgos psicosociales y la evaluación del entorno, prevé instrumentos de evaluación, que, aunque no son de carácter obligatorio, es recomendable su utilización ya que en caso de optar por otra metodología será importante validar esta, para garantizar el cumplimiento de los requisitos mínimos de la misma norma.

Como sabemos, para los riesgos psicosociales, es importante la identificación, evaluación y control de los agentes, en ese sentido la Norma contempla la identificación y evaluación mediante el proceso de aplicación de los instrumentos de evaluación de agentes psicosociales para empresas de 16 a 50 trabajadores y para más de 50 trabajadores, en el caso de empresas con menos de 15 trabajadores también se cuenta con un instrumento de evaluación o cuestionario, sin embargo los requerimientos son menores a los de los dos grupos anteriores.

La norma requiere de la aplicación de exámenes médicos o evaluaciones psicológicas, cuando el resultado de la aplicación de los instrumentos lo sugiera en los criterios para la toma de acciones de la misma norma.

Esta NOM entrará en vigor de manera gradual en dos etapas, la primera contempla las acciones de prevención y difusión de información, la segunda la corrección de las condiciones negativas en el ambiente de trabajo, estas dos etapas están consideradas para aplicarse en un período de unos dos años.

El objetivo de la Norma es establecer los elementos para identificar y prevenir los factores de riesgo psicosocial y promover un entorno organizacional favorable en los centros de trabajo, aplica en todo tipo de empresas ya que integra tres grupos hasta quince trabajadores, de 16 a 50 y para más de 50 trabajadores, para dichos tres grupo se podrá utilizar las guías anexas, además de cumplir con los requisitos para cada uno de ellos.

La guía de referencia I aplicable a empresas hasta de 15 trabajadores cuestiona sobre acontecimientos traumáticos severos, recuerdos persistentes del acontecimiento, esfuerzos por evitar circunstancias parecidas al acontecimiento y afectaciones. La guía de referencia II para empresas de 16 a 50 trabajadores las categorías serán relacionadas al ambiente de trabajo, factores propios de la actividad, organización del tiempo de trabajo, liderazgo y relaciones en el trabajo. Para el caso de la guía de referencia III para empresas con más de 50 trabajadores (en este caso se considera una fórmula para el cálculo del tamaño de la muestra), además de los anteriores se evaluará el entorno organizacional. Es importante mencionar que la norma contiene una tabla de criterios para la toma de acciones derivadas del resultado de la aplicación de los instrumentos.

Las guías son:

Guía de Referencia I, Cuestionario para identificar a los trabajadores que fueron sujetos a acontecimientos traumáticos severos.
Guía de Referencia II, Identificación de los factores de riesgo psicosocial.
Guía de Referencia III, Identificación de los factores de riesgo psicosocial y evaluación del entorno organizacional en los centros de trabajo.

Para más detalles consulta el Proyecto de NOM-035-STPS-2016.
Octavio Albores


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