El desastre del Sargazo en la Seguridad y Salud en el Trabajo
Desde hace algunos años (verano de 2014), la aparición de Sargazo (algas – arribo en el año 2018 alrededor de 160 mil
toneladas, se espera que en 2019 sea de un millón de toneladas, según la Red de
Monitoreo del Sargazo Cancún) en las costas de Quintana Roo se consideró como un
evento “ATÍPICO”, múltiples
supuestos esfuerzos se han hecho para atender este problema, sin embargo, la
realidad es otra.
Imágenes de satélite indican que algunas manchas de
sargazo en el océano tienen el tamaño de 4 veces más, el tamaño de la ciudad de
Mérida; el boletín mensual del Optical
Oceanography Laboratory indica que, en marzo, el “mar de sargazo” tuvo un tamaño promedio de 518 kilómetros
cuadrados, superior al registrado en febrero, cuando fue de 356 kilómetros
cuadrados,
(https://www.reportur.com/mexico/2019/04/09/sargazo-crecera-desde-junio-arribo-al-caribe-mexicano/).
Para este 2019, la llegada de sargazo al Caribe Mexicano será masiva,
pronostica la Universidad de Florida, Estados Unidos. Si la situación es
similar a la de 2018, los daños al ecosistema y a la industria turística serán
severos, advirtió Brigitta Ine van Tussenbroek.
Fuente: http://www.dgcs.unam.mx/boletin/bdboletin/2019_027.html
El impacto al ecosistema y la economía local (ingresos gubernamentales, a las grandes
compañías hoteleras y en consecuencia a la población), son alguno de los
efectos de este evento; sin embargo, el que nos ocupa, está relacionado a la seguridad y salud en el trabajo;
patrones y trabajadores por diferentes razones, ya sea conservar la imagen del
destino, mantener la productividad del negocio, conservar las fuentes de
empleo, etc. realizan actividades de
limpieza en las playas frente a los centros de trabajo, por ejemplo, en Xcalak,
más de 600 personas entre colaboradores
de servicios turísticos, trabajadores al
servicio del estado y la comunidad, retiraron aproximadamente 12 toneladas de
sargazo en menos de 2 km de playa, esta actividad, noble sin duda; además de los testimonios de los participantes en
la limpieza que tienen contacto directo, esta actividad podría generar en muchos de
los participantes, sensibilidad en la piel, prurito o sarpullido o urticaria (comezón),
entre otros efectos por la exposición directa con el sargazo.
La mayor parte de centros de trabajo, frente a las costas
en Quintana Roo, están realizando las mismas actividades por órdenes de los
patrones, estos trabajadores de departamentos como servicios generales,
alimentos y bebidas, ama de llaves, mantenimiento, etc., además de no haber
sido contratados para esta actividad, no reciben capacitación específica, ni
equipo de protección personal relacionado al riesgo mencionado, porque además
no se han incluido en los estudios de puesto de trabajo requerido por la
NOM-017-STPS-2008; por otro lado el IMSS y la STPS no han expresado una posición
ante el riesgo mencionado, por lo que el trabajador se expone sin ningún tipo
de protección.
Considerando el aspecto legal tenemos:
El aparatdo “A” del artículo
123 de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos, fracciones XIII. Las empresas, cualquiera que sea su actividad, estarán
obligadas a proporcionar a sus trabajadores, capacitación o adiestramiento para
el trabajo ….., XIV Los empresarios serán
responsables de los accidentes del trabajo y de las enfermedades
profesionales de los trabajadores, sufridas con motivo o en ejercicio de la
profesión o trabajo que ejecuten;…..
Esta responsabilidad subsistirá aún en el caso de que el patrono contrate el
trabajo por un intermediario, y XV El patrón estará obligado a
observar, de acuerdo con la naturaleza de su negociación, los preceptos legales sobre higiene y seguridad
en las instalaciones de su establecimiento, y a adoptar las medidas adecuadas para prevenir accidentes en el uso de
las máquinas, instrumentos y materiales de trabajo, así como a organizar de tal
manera éste, que resulte la mayor
garantía para la salud y la vida de los trabajadores, …….
En la Ley Federal del Trabajo el artículo 25.- en relación al contrato
de trabajo menciona en su fracción III.
El
servicio o servicios que deban prestarse, los que se determinarán con la
mayor precisión posible; artículo 132.- Son
obligaciones de los patrones:
I.- Cumplir las disposiciones de las normas de trabajo aplicables a sus
empresas o establecimientos; III.- Proporcionar
oportunamente a los trabajadores los útiles,
instrumentos y materiales necesarios para la ejecución del trabajo,…..,
Artículo 134.- Son obligaciones de los trabajadores: IV.- Ejecutar el
trabajo con la intensidad, cuidado y esmero apropiados y en la forma, tiempo y lugar convenidos, artículo 475 Bis.- El patrón es responsable de la seguridad e
higiene y de la prevención de los riesgos en el trabajo, conforme a las
disposiciones de esta Ley, sus reglamentos y las normas oficiales mexicanas aplicables, artículo 476.- Serán consideradas enfermedades de trabajo las que determine esta Ley y la actualización que realice la Secretaría del
Trabajo y Previsión Social.
El Reglamento
Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo en el artículo 7. Son obligaciones de los patrones:
VII. Aplicar, en la instalación de sus
establecimientos, las medidas de
Seguridad y Salud en el Trabajo señaladas en este Reglamento y en las
Normas, conforme a la naturaleza de las actividades y procesos laborales;
VIII. Llevar a cabo las acciones de Reconocimiento, Evaluación y Control de los
Contaminantes del Ambiente Laboral, a efecto de conservar las condiciones
ambientales del Centro de Trabajo dentro de los valores límite de exposición;
IX. Ordenar la aplicación de exámenes médicos al Personal Ocupacionalmente Expuesto,
requeridos por el presente Reglamento y las Normas;
X. Proporcionar a los trabajadores el Equipo de Protección Personal, de acuerdo con los Riesgos a que
están expuestos;
XI. Informar a los trabajadores respecto de los Riesgos relacionados con la actividad que desarrollen;
XII. Capacitar y adiestrar a los trabajadores sobre la prevención de Riesgos y la atención a emergencias, de
conformidad con las actividades que desarrollen;
Si la problemática llego para quedarse, con respecto a la
Secretaría del Trabajo el reglamento menciona, artículo 10. La Secretaría
expedirá Normas con fundamento en la Ley Federal sobre Metrología y
Normalización y su reglamento, …, con el propósito de establecer disposiciones
en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo que eviten:
II. Cambios adversos y sustanciales
en el ambiente laboral, que afecten o puedan afectar la seguridad o salud de los trabajadores o …. artículo 41. Con motivo de la exposición de los trabajadores a agentes
biológicos capaces de alterar su salud, los patrones deberán: II. Efectuar el Reconocimiento de los contaminantes biológicos del ambiente laboral;
La NOM-017-STPS-2008, Equipo de protección
personal-Selección, uso y manejo en los centros de trabajo.
Numerales 5.2 Identificar y analizar los riesgos de trabajo a los que están expuestos los
trabajadores por cada puesto de trabajo y área del centro laboral. Esta
información debe registrarse y
conservarse actualizada mientras no se modifiquen los implementos y procesos de
trabajo, ..., 5.3 Determinar el equipo de protección personal,
que deben utilizar los trabajadores en función
de los riesgos de trabajo a los que puedan estar expuestos por las
actividades que desarrollan ..., 5.4
Proporcionar a los trabajadores equipo
de protección personal, entre otros.
Desafortunadamente en México, aun no se realizan estudios profundos sobre el resultado de la
exposición del trabajador al Sargazo; ni se consideran en los programas de
seguridad y salud en el trabajo; el Instituto Mexicano del Seguro Social o la
Secretaría del Trabajo y Previsión Social, de la misma manera, deberá
contemplar los efectos por exposición al Sargazo o los riesgos de trabajo por dicha
actividad, así como el respectivo tratamiento de este, de ser necesario.
Es importante que cada uno de los actores (incluyendo sindicatos) analice su papel
y responsabilidad ante el tema expuesto y que esto no se convierta también en
un DESASTRE EN MATERIA DE SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO.
Tu aportación es importante, ¿qué opinas?
Octavio Albores
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