- Radio Epicentro Blog

09 julio, 2017


QUE HACEN O DEJAN DE HACER LAS UNIDADES O COORDINACIONES ESTATALES, MUNICIPALES Y DELEGACIIONALES DE PROTECCION CIVIL.

Como es del conocimiento general, la protección civil en nuestro país nació a raíz del sismo del 19 de septiembre de 1985 y su réplica del día 20.

El 9 de octubre de ese año (1985), el Presidente de la República, Miguel de la Madrid Hurtado, por decreto creó el COMITÉ DE PREVENCION DE SEGURIDAD CIVIL,   para que en el marco del Sistema Nacional de Planeación Democrática, auxiliara a la Comisión  Nacional de Reconstrucción como órgano encargado de estudiar y proponer todas las acciones relativas a la seguridad, participación y coordinación de la acción ciudadana, en caso de desastre;

En el acuerdo se estableció como función del Comité de Prevención de Seguridad Civil, llevar a cabo estudios, análisis e investigaciones que con base en la tecnología disponible y en las experiencias obtenidas, permitieran planear, organizar y establecer un SISTEMA NACIONAL DE PROTECCIÓN CIVIL, que garantizara la adecuada predicción, prevención y auxilio a la población ante situaciones de grave riesgo colectivo o desastre, incorporando la participación de la sociedad civil.

El 6 de mayo de 1986 (7 meses y medio después del sismo), se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las BASES PARA EL ESTABLECIMIENTO DEL SISTEMA NACIONAL DE PROTECCION CIVIL.

En dichas BASES, se establece que el SISTEMA NACIONAL DE PROTECCION CIVIL es un instrumento eficaz para el logro de la conservación por cada mexicano, de su integridad física, posesiones y derechos, mediante un conjunto organizado y sistemático de estructuras y acciones que realicen los sectores público, social y privado para prevenir, controlar o disminuir los daños que puedan ocasionar los desastres que la sociedad mexicana deba afrontar.

Como se puede observar en los textos anteriores, se establece que el Sistema Nacional de Protección Civil, es exclusivamente para casos de DESASTRES, no habla de accidentes en el trabajo, no habla de accidentes en el hogar, no habla de accidentes en las escuelas ni en las vía pública, ni de ningún otro tipo de accidente, habla de DESASTRES.

El 12 de mayo del año 2000, casi 25 años después del sismo y 24 años después del establecimiento del Sistema Nacional de Protección Civil se publicó la LEY GENERAL DE PROTECCION CIVIL, en donde se define a la protección civil como el Conjunto de disposiciones, medidas y acciones destinadas a la prevención, auxilio y recuperación de la población ante la eventualidad DE UN DESASTRE.

Es oportuno comentar que el 20 de octubre de 1961, sí, de 1961, por decreto de presidente Lic. Adolfo López Mateos, se creó el CONSEJO NACIONAL DE PREVENCION DE ACCIDENTES, dependiente de la entonces Secretaría de Salubridad y Asistencia Pública, y cuyas funciones eran, según el decreto:

A.- LA ELABORACION DE NORMAS GENERALES Y ESPECIALES DESTINADAS A LA PREVENCION DE ACCIDENTE;

B.- EL ESTUDIO, PROGRAMACION Y REALIZACION DE PROGRAMAS DESTINADOS A LA PREVENCION DE ACCIDENTES Y TRATAMIENTO DE LOS ACCIDENTADOS;

C.- PROPICIAR LA CREACION DE UNO O VARIOS ORGANISMOS, DEPENDIENTES TECNICAMENTE DEL CONSEJO, DEDICADOS A LA REALIZACION DE PROGRAMAS APROBADOS POR ESTE;

D.- EL FINANCIAMIENTO PARCIAL DE LOS PROGRAMAS DE CUYA REALIZACION SE ENCARGUEN LOS ORGANIZAMOS ANTES CITADOS, BAJO LAS BASES Y CONDICIONES QUE AL EFECTO SE DECRETEN POR EL CONSEJO;

E.- LA INVESTIGACION CIENTIFICA DE FORMAS O MODOS DE RESOLUCION DEL PROBLEMA DEL ACCIDENTE QUE SE PLANTEA EN NUESTRO MEDIO; Y

F.- EN GENERAL ATENDER TODOS LOS PROBLEMAS DE EDUCACION GENERAL NECESARIOS PARA EL BUEN FIN DE LAS CAMPAÑAS O PROGRAMAS DE PREVENCION DE ACCIDENTES.



Siendo el Dr. Jorge Jiménez Cantú Secretario de Salubridad y Asistencia, (1970 – 1974), el Consejo Nacional de Prevención de Accidentes tuvo su máximo apogeo, pero cuando salió Jiménez Cantú de la Secretaría de Salubridad y Asistencia, poco a poco fue dejando de funcionar el Consejo hasta que desapareció.

Como se describió en párrafos anteriores, El Consejo Nacional de Prevención de Accidentes era el responsable tanto de la prevención como de auxilio te todo tipo de accidentes, con excepción de los riesgos profesionales (accidentes y enfermedades del trabajo), o sea todos aquellos que suceden en las empresas que, no son competencia de protección civil sino de la Secretaría del Trabajo y Previsión social.

En el próximo artículo seguiremos con este tema.    

JOSE RAUL CANTON Y LARA.- PRESIDENTE DE LA ORGANIZACION DE CONSULTORES EN PROTECCION CIVIL, A.C.
DIRECTOR GENERAL DE LA ORGANIZACION NACIONAL DE ESPECIALISTAS EN SEGURIDAD Y PROTECCION CIVIL
PRESIDENTE DEL COMITE ORGANIZADOR DEL COGRESO NACIONAL DE PROTECCION CIVIL 2017. A realizarse 21, 22 y 23 de agosto.

No hay comentarios:

Publicar un comentario